1.- Para ser considerada esta solicitud deberá ser presentada juntamente con la documentación
                        referida. Si así no fuere, la misma no será resuelta y el solicitante perderá automáticamente el
                        turno que posea.
                        2.- La solicitud deberá ser presentada dentro de los 5 días de su retiro, y no será devuelta sea
                        cual fuere la resolución recaída, y su tratamiento no significa contraer compromiso de locación
                        alguno.
                        3.- La firma podrá requerir del solicitante y/o codeudor cualquier otro dato, antecedente y/o
                        documentación que considere necesario.
                        4.- En el acto de concretarse la operación, deberán abonar el sellado de ley del contrato, el
                        importe de alquiler correspondiente y los gastos administrativos. El no cumplimiento, podrá ser
                        causal para no realizar la operación.
                        5.- No se entregarán las llaves del inmueble, por ningún motivo si la operación no esta
                        concluida en su totalidad, con todas las firmas necesarias y los pagos efectuados.